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15 y 16 de mayo
viernes, 17 de julio de 2009
Quienes desarrollan el turismo deben generar mecanismos y herramientas que permitan diversificar la oferta turística, y a la vez incrementar la compet
María Magdalena Maldonado Ávalos
Coordinadora Temática de Latinoamérica en la REI en
Turismo. Doctorante en Ciencias Administrativas en la
Universidad La Salle. México.
RESUMEN
Este artículo parte de una investigación que tuvo como propósito realizar un análisis del contexto legal y turístico a fin de identificar si existen condiciones propicias
para la atención en el país al nicho de mercado de las personas con discapacidad o capacidades diferentes, que permitan desarrollar actividades turísticas para este
nicho de mercado. Se basa en el caso mexicano.
INDICADORES DE CONTEXTO
En México, la ley máxima es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El país se divide en 31 estados libres y soberanos y un Distrito Federal, que pueden emitir a leyes estatales. La población de México se estima en 100 millones.
INTRODUCCIÓN
El turismo moviliza a millones personas en todo el mundo, se estima que en el año 2008 se realizaron viajes de turismo internacional por más de 924 millones de personas. (Barómetro OMT:2009).
México se encuentra entre los 10 países más importantes como receptor de turistas a nivel mundial, con mas de 20 millones de personas.
(ONU), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) estiman que el nicho de las personas con discapacidad se compone del 10 % de la población mundial, es decir mas de 650 millones de personas (ONU: 2007).
Las personas con discapacidad han ido incrementando su integración a la sociedad, a través de su participación en diversas actividades, entre ellas la turística.
La atención a este grupo requiere modificaciones a la Legislación. El propósito de esta investigación fue el realizar un diagnóstico de cómo se atiende a este nicho de mercado desde el punto de vista turístico.
LA DISCAPACIDAD
El turismo como bien social, debería estar al alcance de todos los ciudadanos, sin que ningún grupo de población pueda quedar excluido, con independencia de las circunstancias personales, sociales, económicas o de cualquier otra índole que
concurran en sus componentes.
La OMS, define la discapacidad como "la restricción o ausencia de la capacidad para realizar una actividad, en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano”.
Existen cuatro tipos principales de discapacidad, clasificadas según los ámbitos del ser humano al que afectan:
a) Intelectual el 4 %;
b) Física o Motora, el 3 %;
c) Auditiva, el 2.8%;
d) Visual, el 0.2%.
ACCIONES INTERNACIONALES PARA LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Iniciaron en 1963 en Suiza con el Congreso Internacional para la Supresión de Barreras arquitectónica.
Emana el concepto “Accesibilidad”. A partir de esa fecha, se dan una serie de eventos
internacionales relacionados con este tema.
El 13 de diciembre de 2006 se adoptó la Convención sobre los derechos de las personas con Contexto legal para la atención al nicho de mercado turístico de las personas con discapacidad en México discapacidad por la Asamblea General de Naciones Unidas. La Convención y su Protocolo facultativo están abiertos a la firma de todos los Estados y las organizaciones de integración regional desde el 30 de marzo de 2007. Para Junio de 2007 95 países habían firmado la Convención, y 52 han firmado el Protocolo Opcional. México firmó ambos.
La declaración Universal de los Derechos del Hombre afirma que todo ser humano tiene derecho al descanso, al tiempo libre, a una limitación de las horas de trabajo y a vacaciones pagadas.
El turismo social, junto con el accesible, ha sido uno de los retos para alcanzar plenamente el derecho al turismo, como lo contempla la Asamblea General de la OMT en su resolución 406 (XIII), artículo 7 del código ético mundial para el turismo. “…
derecho abierto por igual a todos los habitantes de nuestro planeta (…) y no se pondrá obstáculo ninguno”, o en su Declaración de Manila, que afirma que el turismo moderno es el fruto de la aplicación de la política social que ha conducido a la obtención, por parte de los trabajadores, de vacaciones anuales pagadas (en Europa, en los años 1936-37).
El movimiento asociativo europeo de personas con discapacidad proclamó criterios inspiradores en materia de turismo y discapacidad que pueden sintetizarse en una suerte de decálogo, que contempla las aspiraciones del sector social de la discapacidad en lo que a turismo se refiere.
EL NICHO DE MERCADO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN MÉXICO
Con base en los resultados obtenidos en el XII Censo General de Población y Vivienda en el año 2000 en México, se estimó que había un millón 795 mil personas con discapacidad, lo cual representó el 1.8% de la población total.
Las personas con discapacidad día a día han logrado incrementar su integración a las actividades turísticas, a pesar de que no siempre las condiciones son propicias para su desarrollo. Frecuentemente se enfrentan a impedimentos, barreras y dificultades
de todo tipo que aún persisten y que les impiden el acceso y disfrute total de los servicios turísticos.
La disminución o supresión de barreras que limitan la práctica del turismo por parte de las personas con discapacidad no solo proviene de los principios de igualdad de derechos y oportunidades y no discriminación que rigen en el ámbito Mundial y por
supuesto nacional, sino que representa también una medida eficaz para incorporar a nuevos grupos de ciudadanos a las actividades relacionadas o derivadas del turismo.
La mejora de la accesibilidad y facilitar el turismo para todos, no solo podría conllevar a mejorar las oportunidades en “la competitividad y diversificación
de la oferta turística nacional”, como lo establece una de las 6 estrategias relativas para el Sector Turístico plasmadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PODER EJECUTIVO FEDERAL: 2007); sino que también podría ayudar a lograr
una sociedad mas justa y con menor discriminación para las personas que tienen capacidades diferentes.
El Consejo Nacional para Prevenir la Discapacidad (CONAPRED: 2007) ha identificado algunas múltiples formas de discriminación que las personas con discapacidad, pueden enfrentar, entre ellas se encuentran: barreras físicas para su desplazamiento
y acceso a diversos lugares públicos; conmiseración de personas que son incapaces de verlas como diferentes, pero iguales en derechos y oportunidades; escasos esfuerzos para emplearlos y valorarlos como trabajadores competentes; trato despectivo y atención deficiente en las instituciones de salud; establecimiento de políticas y medidas que ignoran y desdeñan sus necesidades y condiciones; dificultades para ejercer derechos políticos y sociales; exclusión social y marginación de las actividades recreativas.
Atender a este nicho de mercado turístico requiere una comprensión amplia de las necesidades específicas y de los aspectos relacionados para poder lograr que este grupo pueda disfrutar de la práctica de actividades turísticas. Lo anterior implica
realizar mejoras de accesibilidad en las instalaciones, capacitar a los prestadores de servicios turísticos, desarrollar investigación que permita una mejor comprensión
de este grupo, etc. Desafortunadamente en algunos casos la implementación de instalaciones que permitan la accesibilidad son vistas como un gasto y no se ha
cuantificado de manera adecuada el potencial de este segmento de mercado. Otro aspecto adicional que limita la utilización de los recursos ya existentes accesibles
para este grupo, es que la forma de su comercialización es de forma independiente y esto dificulta la adquisición.
La atención desde el punto de vista turístico al grupo de las personas con capacidades diferentes, llamado también Turismo Accesible, ha implicado codificaciones y su inclusión en la Legislación Mexicana. Si bien estos cambios inician en un contexto general, han favorecido o favorecerán la atención a este tipo de turistas nacionales e internacionales..
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se refiere a las personas con discapacidad en varios artículos: en el Primero, “establece que las personas con discapacidad no deben de ser discriminadas por su condición” y en el artículo 4º
menciona que “toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”, modificación realizada en 1995.
En lo referente a la regulación de la actividad turística en el país, la Ley Federal de Turismo, (modificada parcialmente el 19 de mayo de 1999 y el 6 de Junio de 2000), en el artículo 2, establece en la fracción X que la Ley, tiene por objeto “Garantizar a las personas con discapacidad la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo del sector turismo”. Otros artículos relacionados son el 9, 11, 16, 19, 28, 30 y 32, los que integran aspectos relacionados con aquellos instrumentos y
medios, a través de los cuales se otorguen facilidades para que las personas con discapacidad que viajen con fines recreativos, deportivos y/o culturales lo hagan en condiciones adecuadas de accesibilidad, seguridad y comodidad; comprende la creación
de programas cuya finalidad sea la capacitación respecto a la atención de las personas con discapacidad, además de considerar que no debe de existir discriminación por parte de los prestadores de servicios turísticos a aquellas personas con algún tipo de discapacidad.
En dicha ley se reconoce la necesidad de ejecutar obras de infraestructura y urbanización, y de realizar edificaciones e instalaciones en centros de desarrollo
turísticos que permitan una oferta masiva de servicios turísticos, es decir, que en dichas obras se tomen en cuanta las necesidades de accesibilidad, tránsito y seguridad de las personas con discapacidad.
El Acuerdo por el que se establece la Política Pública de Turismo para Todos (SECTUR:2006), derivada del Programa Nacional de Turismo 2001-2006 señala en su Eje rector 2.- Turistas Totalmente Satisfechos, en específico en el objetivo sectorial 9. Impulsar el desarrollo del Turismo Doméstico, la estrategia 3, que plantea el Diseñar y Operar un Programa para el Turismo Social; el cual se nombra como “Un Turismo para Todos”.
Es de destacar la creación del Consejo Nacional de Turismo Social, que tiene como objetivo, desarrollar una política pública en la materia, que considere a los niños, jóvenes, familias, adultos mayores y personas con discapacidad, entre otros grupos,
como elementos estratégicos para el desarrollo del país, y generar más espacios para la participación de la sociedad en la prestación de servicios, enfatizando e impulsando su capacidad autogestiva en un marco de desarrollo sustentable; Entre los aspectos que contempla se encuentran: impulsar que la población en general viaje como parte fundamental de su recreación y esparcimiento; promover una articulación de los diversos productos ofertados y la estrategia a seguir por parte de todos los actores
de este segmento.
Con lo anterior se busca garantizar: acercar la actividad turística a todos los mexicanos; desarrollar productos y servicios turísticos solidarios, acordes a las necesidades del mercado; fortalecer la promoción del Turismo para Todos, mediante un trabajo conjunto entre la Secretaría de Turismo (SECTUR) y el Consejo de Promoción Turística de México; generar una cultura de accesibilidad en los destinos turísticos,
mediante la creación de esquemas interinstitucionales que otorguen estímulos directos al sector privado para la construcción y adecuación de Contexto legal para la atención al nicho de mercado turístico de las personas con discapacidad en México
Actualidad
Desafortunadamente en algunos casos la implementación de instalaciones que permitan la accesibilidad son vistas como un gasto espacios con el fin de dar cabida a personas con discapacidad y adultos mayores; implantar esquemas de accesibilidad económica a través de la creación de mecanismos de financiamiento a los viajes;
simplificar y homologar trámites y requerimientos gubernamentales para la apertura de empresas de este segmento, así como en la mejora de precios y tarifas.
La Política de Desarrollo de Productos Turísticos busca “Promover la integración de la oferta de bienes y servicios dedicados a los segmentos de jóvenes, familias, personas de la tercera edad y personas con discapacidad, creando a la vez
oportunidades para el incremento de los índices de rentabilidad de las empresas, del grado de satisfacción de los visitantes y de la sustentabilidad en los destinos turísticos”.
El manual “Recomendaciones de accesibilidad para el Sector Turismo” (SECTUR: 2002), promueve que las personas de manera independiente puedan disfrutar de los espacios reservados para las actividades turísticas.
El proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-R- 050-SCFI-2005, aun en consulta, “Accesibilidad de las personas con discapacidad al medio construidoespecificaciones
de seguridad”, tiene como propósito establecer las especificaciones que rijan la
construcción de espacios de servicio al público, para lograr que las personas que presentan alguna disminución en su capacidad motriz, sensorial y/o
intelectual, , puedan realizar sus actividades en la forma o dentro de lo que se considera normal para los seres humanos.
El diseño de los espacios físicos, pensados en el prototipo del hombre estándar, han creado una barrera que unidas a la falta de sensibilización de la sociedad, han impulsado el desarrollo organizativo de este sector de población, como se ha visto a través de organizaciones como el CONAPRED, la Organización Mundial para las personas con Discapacidad (OMPD), Confederación Mexicana de Organizaciones en favor de la persona con Discapacidad Intelectual A.C. "CONFE"; Asociación Pro Persona con Parálisis Cerebral A.C., "APAC" ; Confederación Nacional Deportiva, Cultural y Recreativa de Silentes de México , A.C.; Unión Mexicana de Ciegos y Débiles Visuales, A.C.; Discapacitados Mexicanos A.C., "DIME"; Asociación Nacional de Rehabilitación Integral A.C.; Industrias de Buena Voluntad I.A.P.; Libre Acceso A.C.; y las Federaciones del Deporte Adaptado; entre otras, ven como parte de su responsabilidad y obligación lograr que el ambiente físico, la vivienda, el transporte, los servicios
sociales y de salud, las oportunidades educativas y laborales, la vida cultural y social (incluso actividades e instalaciones recreativas) sean completamente
accesibles a todos.
La Ley de protección al consumidor, es su artículo 58 establece que no se limite, condicione o excluya el uso de productos y servicios al consumidor con alguna discapacidad ni que se apliquen o cobren tarifas, cuotas extraordinarias o compensatorias a las personas con discapacidad por sus implementos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos o deportivos necesarios para su uso personal, incluyéndose el perro guía en el caso de invidentes.
En la modificación del 5 de agosto de 1994 se estableció que “Los proveedores están obligados a dar las facilidades o contar con los dispositivos indispensables para que las personas con discapacidad puedan utilizar los bienes o servicios que ofrecen. Dichas facilidades y dispositivos no pueden ser inferiores a los que determinen las disposiciones legales o normas oficiales aplicables, ni tampoco podrá el proveedor establecer condiciones o limitaciones que reduzcan los derechos que legalmente correspondan al discapacitado como consumidor”
En 1985, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó las Directrices de la ONU para la Protección al Consumidor, ocasión en la que se logró el reconocimiento internacional de “Los siete derechos básicos del consumidor”- (PROFECO:2007) El tercer derecho establece el derecho a no ser discriminado, “Al comprar un producto o contratar un servicio, no pueden negarlo, discriminarnos o tratarnos mal por
nuestro sexo, raza, religión, condición económica, nacionalidad, orientación sexual, por tener alguna discapacidad o cualquier motivo similar”.
La Mercadotecnia, tanto de los servicios como la de los destinos puede y debe contribuir al desarrollo de este nicho de mercado. Quienes desarrollan el turismo deben generar mecanismos y herramientas que permitan diversificar la oferta turística, y a la vez incrementar la competitividad añadiendo valor agregado que pueda influir en que la experiencia turística sea positiva. Lo anterior permitirá captar nuevos segmentos y nichos de mercado, en este caso el segmento o nicho de personas con discapacidad o Turismo accesible.
Contexto legal para la atención al nicho de mercado turístico de las personas con discapacidad en México Pérez y González (2003) indican algunos de los beneficios del Turismo Accesible:
a) Aumento de la participación del mercado turístico, al atender este nicho de mercado.
b) Mejora de la imagen del destino, al poder atender a cualquier persona sin ningún tipo de distinción y/o exclusión, promoviendo el turismo para todos.
c) Multicliente, las personas con discapacidad pueden viajar con acompañantes.
d) Desestacionalidad, este grupo podría viajar en las temporadas bajas.
CONCLUSIONES
Como se puede apreciar en la revisión del contexto nacional e internacional se ha avanzado mucho en la normatividad obligatoria y voluntaria relacionada con la atención al Nicho de las personas con discapacidad con el propósito de que puedan practicar las actividades turísticas de forma independiente y en las condiciones adecuadas, que les permita moverse con independencia y dignidad.
Con base en el análisis realizado de la legislación mexicana, desde la Carta Magna -La Constituciónse establecen los derechos otorgados a este grupo.
Por consecuencia, otras Leyes, Planes y Programas entre otros, han debido modificarse a fin de mostrar la congruencia requerida. Podría decirse que este es un primer gran paso para atender al nicho de personas con discapacidad.
Atender a este nicho de mercado turístico requiere una comprensión amplia de las necesidades específicas y de los aspectos relacionados para poder lograr que este grupo pueda disfrutar de la práctica de actividades turísticas. Lo anterior implica
realizar mejoras de accesibilidad en las instalaciones, capacitar a los prestadores de servicios, desarrollar investigación que permita una mejor comprensión de este grupo y de las diferencias relativas a las variedades de discapacidad, etc.
BIBLIOGRAFÍA Y FUENTES CONSULTADAS —CONAPRED.
http://www.conapred.org.mx/index.php (21 de
junio 2007)
—Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
—Ley de protección al consumidor. México.
http://www.profeco.gob.mx/ consultada el 10 de
julio de 2007.
—Organización de las Naciones Unidas (ONU).
http://www.un.org/spanish/esa/social/disabled/in
dex.html Junio 21, 2007)
—Organización Mundial del turismo. Barómetro
Turístico. 2007. http://www.un-wto.org Febrero ,
2007.
—Organización Mundial de la Salud (OMS)
http://www.who.int/es/ Mayo 4, 2007.
—Pérez, Daniel Marcos; González Velasco,
Diego J. Turismo Accesible, Hacia un Turismo para
todos” 2003 MAZAR.
—Poder Ejecutivo Federal. Plan Nacional de
Desarrollo. México. 2007.
—SECRETARÍA DE ECONOMÍA. Proyecto de
Norma Mexicana PROY-NMX-R-050-SCFI-2005,
Accesibilidad de las personas con discapacidad al
medio construido-especificaciones de seguridad.
—SECTUR. Acuerdo por el que se establece la
Política Pública de Turismo para Todos. DOF 30 de
Mayo de 2006.
—SECTUR. El turismo en México 2006. México,
2007.
—SECTUR. Programa Nacional de Turismo
2001-2006. México 2001.
—SECTUR. Recomendaciones de accesibilidad
para el Sector Turismo México. Diciembre de
2002
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